Micelio
Auto29 de octubre de 2025

A- de 2025

Ponente Vladimir Fernández Andrade

Demandante Instituto Nacional De Cancerologia·Demandado Fondo Financiero Distrital De Salud

Tema · dato duro
Conflicto Derivado De La Devolución O Glosas Entre Entidades Del Sistema General De Seguridad Social En Salud.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Superintendencia Nacional De Salud En Ejercicio De Sus Funciones Jurisdiccionales
  • Conflictos derivados de las devoluciones o glosas a las facturas entre entidades del Sistema General de Seguridad Social en Salud
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre la Superintendencia de Salud y el Juzgado 068 Administrativo, Sección Primera de Bogotá, por causa de una demanda presentada por el Instituto Nacional de Cancerología E.S.E., contra el Fondo Financiero Distrital de Salud, secretaría de salud, el reconocimiento y pago de las facturas adeudadas, correspondientes a la prestación de los servicios de salud prestados a los asegurados afiliados a la entidad demandada, entre otras pretensiones.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena evidencia que efectivamente la controversia del caso es por la inconformidad respecto de las glosas realizadas a las facturas.

Se tiene que, el Instituto Nacional de Cancerología E.S.E. y el Fondo Financiero Distrital de Salud integran el SGSSS, es decir, ambas entidades se ajustan a lo previsto en el literal b), numeral 2, y en el numeral 3 del artículo 155 de la Ley 100/93.

En virtud de ello, es dable reiterar el Auto 2032/23, según el cual, de conformidad con el artículo 116 de la Constitución y con el literal f del artículo 41 de la Ley 1122/07, la Superintendencia Nacional de Salud es la competente para conocer de controversias entre entidades que integran el Sistema General de Seguridad Social en Salud, que versen sobre devoluciones o glosas a las facturas correspondientes a la prestación de servicios médicos.

Se dispone el envío del expediente a la Superintendencia delegada para la Función Jurisdiccional y de Conciliación de la Superintendencia Nacional de Salud.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Superintendencia de Salud y el Juzgado 068 Administrativo, Sección Primera de Bogotá y DECLARAR que la Superintendencia de Salud es la autoridad competente para conocer de la demanda ejecutiva promovida por el Instituto Nacional de Cancerología E.S.E. en contra del Fondo Financiero Distrital de Salud.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-7134 a la Superintendencia Delegada para la Función Jurisdiccional y de Conciliación de la Superintendencia Nacional de Salud, para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 068 Administrativo, Sección Primera de Bogotá.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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